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Artículo 2

Decreto 806 de 1977 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 563, del 3 de julio de 1975, emanado del honorable Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales, mediante el cual se creó la Oficina Seccional de los Seguros Sociales de San Andrés y Providencia, y se expidieron sus Estatutos

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. crease la oficina seccional de los seguros sociales de san Andrés y providencia como organismo administrativo dependiente del instituto colombiano de seguros sociales, con jurisdicción en los municipios de san Andrés y de providencia con domicilio en el primero de los nombrados. La oficina seccional se regirá por los siguientes estatutos: estatutos de la oficina seccional de los seguros sociales de san Andrés y Providencia TITULO PRIMERO Introducción CAPITULO UNICO Naturaleza y fines

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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