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Artículo 7

Aplázase Para El Primero De Julio Del Presente Año La Fecha En Que Han De Empezar A Regir Las Disposiciones Del Decreto 160 A Que Éste Se Refiere

Decreto 768 de 1923 · Por medio del cual se deroga el artículo 157 y se reforman los números 60, 108, 109, 160, 165 y 170 del Decreto número 160 del presente año, que reglamenta el servicio de encomiendas postales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Aplázase para el primero de julio del presente año la fecha en que han de empezar a regir las disposiciones del Decreto 160 a que éste se refiere.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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