°. Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica el numeral 13 del artículo 1.6.1.4.6.; el numeral 7 y el
del artículo 1.6.1.4.12. del Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria.