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Artículo 4

Los Fondos Provenientes Del Aporte Nacional No Podrán Invertirse En Fines Distintos Del Señalado En El Artículo 4° De La Ley 112 De

Decreto 422 de 1943 · Por el cual se reglamenta la inversión del aporte nacional para la construcción de la carretera de circunvalación de Pereira

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los fondos provenientes del aporte nacional no podrán invertirse en fines distintos del señalado en el artículo 4° de la Ley 112 de. 1941.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 422 de 1943