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Artículo 2

Con Fundamento En El Artículo 331 De La Ley 4 A De 1913, Créase Una Junta Patriótica De La Exposición Internacional De New York, Integrada Por Un Miembro De Cada Uno De Los Siguientes Ministerios: Relaciones Exteriores, Hacienda Y Crédito Público, Industrias Y Trabajo, Educación Nacional Y Agricultura Y Comercio; Además, Dicha Junta Será Integrada Por Un Miembro De Cada Una De Las Siguientes Entidades: Cámara De Comercio De Bogotá, Sociedad De Agricultores, De Colombia Asociación Colombiana De Mineros, Federación Nacional De Cafeteros, Federación Nacional De , Industriales E Industria Nacional Colombiana

Decreto 1855 de 1937 · Por el cual se ordena tomar parte en la exposición internacional de New York, que tendrá lugar en el año de 1939

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con fundamento en el artículo 331 de la Ley 4 a de 1913, créase una Junta Patriótica de la Exposición Internacional de New York, integrada por un miembro de cada uno de los siguientes Ministerios: Relaciones Exteriores, Hacienda y Crédito Público, Industrias y Trabajo, Educación Nacional y Agricultura y Comercio; además, dicha Junta será integrada por un miembro de cada una de las siguientes entidades: Cámara de Comercio de Bogotá, Sociedad de Agricultores, de Colombia Asociación Colombiana de Mineros, Federación Nacional de Cafeteros, Federación Nacional de , Industriales e Industria Nacional Colombiana.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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