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Artículo 51

De Las Condiciones Del Pescado Salado Y Desecado

Decreto 561 de 1984 · Por el cual se reglamenta parcialmente el Título V de la Ley 09 de 1979, en cuanto, a captura, procesamiento, transporte y expendio de los productos de la pesca

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 51. De las condiciones del pescado salado y desecado . El pescado salado y desecado de cualquiera de las especies que se usan para tal fin, no debe exceder del veinte por ciento (20%) de sal y de una humedad del cuarenta por ciento (40%) en el producto final.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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