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Artículo 119

Las Autoridades Del Servicio Territorial Tienen Facultad Para Exigir A Todo Colombiano La Presentación De La Libreta De Servicio Militar, Para Efecto No Solamente De Saber Si Ha Cumplido Con Sus Obligaciones Militares, Sino Para Controlar Y Ver La Forma Como Ha Sido Expedida Y Conservada

Decreto 2200 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 1ª de 1945, sobre servicio militar obligatorio

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades del Servicio Territorial tienen facultad para exigir a todo colombiano la presentación de la libreta de servicio militar, para efecto no solamente de saber si ha cumplido con sus obligaciones militares, sino para controlar y ver la forma como ha sido expedida y conservada.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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