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Artículo 8

Ley 698 de 2001 · por la cual se efectúan unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La presente ley rige desde la fecha de su promulgación, deroga las disposiciones que sean contrarias y en especial el artículo 35 de la Ley 628 de 2000 y las normas que los reproduzca.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 698 de 2001