A. Competencia de los jueces municipales de pequeñas causas y competencia múltiple. Los jueces municipales de pequeñas causas y competencia múltiple conocen en única instancia de los siguientes asuntos
1.
De los procesos contenciosos de mínima cuantía.
2.
De los procesos de sucesión de mínima cuantía.
3.
De la celebración del matrimonio civil, sin perjuicio de la competencia atribuida a los notarios.