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Artículo 5

Decreto 1989 de 1927 · Por el cual se determinan las dependencias, empleos y dotaciones de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo quinto. Desde el primero de enero próximo regirá el presente Decreto, y quedará derogado el expedido bajo el número 1822, con fecha 29 de octubre de 1926. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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