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Artículo 11

Oficina Asesora De Planeación

Decreto 2121 de 2023 · por el cual se modifica la estructura de la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación las siguientes:

1.

Asesorar al Director General y a las demás dependencias de la UPME en la preparación, formulación, ejecución y seguimiento de los planes estratégicos y de acción, programas y proyectos de inversión orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la Unidad y del Sector.

2.

Definir los lineamientos básicos para la formulación, ejecución, control y seguimiento de los planes, programas y proyectos a cargo de la Unidad y sus dependencias.

3.

Elaborar, en coordinación con las dependencias de la entidad y con sujeción al Plan Nacional de Desarrollo, el plan de desarrollo sectorial, los planes estratégicos y de acción, el plan operativo anual y plurianual de inversiones y someterlos a aprobación de la Dirección.

4.

Coordinar la presentación, sustentación y registro de los proyectos institucionales de inversión en los sistemas de información del Departamento Nacional de Planeación.

5.

Preparar, consolidar y presentar, en coordinación con la Secretaría General y de acuerdo con las directrices del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional Planeación y la Dirección General de la Unidad, el anteproyecto de presupuesto, así como la programación presupuestal plurianual de la entidad.

6.

Realizar el seguimiento a la ejecución y programación del presupuesto de inversión, preparar los informes pertinentes y recomendar las medidas necesarias para su cumplimiento.

7.

Administrar y mantener actualizado el sistema de gestión de planeación que requiera la UPME, para una eficaz y efectiva toma de decisiones.

8.

Administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Control Interno, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), en alineación con los diferentes modelos y sistemas aplicables a la gestión pública, y articular su implementación.

9.

Diseñar y hacer seguimiento a los indicadores de gestión y de resultado, las estadísticas y datos relacionados con los procesos institucionales, de acuerdo con los planes aprobados por las instancias competentes.

10.

Coordinar la organización y realización de la rendición de cuentas de la entidad, en concordancia con los lineamientos de la Función Pública y la elaboración de los informes destinados a los entes externos y/o de gestión de la Unidad.

11.

Diseñar y aplicar mecanismos participativos para el diseño y actualización del Plan estratégico institucional (PEI) y planes internos de acción.

12.

Proponer a la Dirección los lineamientos y procedimientos para la Cooperación Internacional.

13.

Diseñar, coordinar y monitorear la gestión del riesgo en las diferentes dependencias y procesos de la Entidad con la periodicidad y la oportunidad requeridas.

14.

Las demás que le sean asignadas por la ley o que le sean delegadas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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