JurídicoESEN

Artículo 2

º

Decreto 1765 de 1996 · por medio del cual se deroga el Decreto número 1653 del 11 de septiembre de 1996.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de septiembre de 1996. ERNESTO SAMPER PIZANO El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, Camilo Reyes Rodríguez. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1765 de 1996