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Artículo 8

Decreto 1485 de 2008 · por el cual se transforma el Fondo de Estabilización de Precios de Exportación del Cacao en el Fondo de Estabilización de Precios del Cacao.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Comité Directivo del Fondo de Estabilización de Precios del Cacao, se reunirá ordinariamente cada tres (3) meses y extraordinariamente cuando sea convocado por su Presidente. Para este efecto, el Secretario Técnico del Fondo, con la debida antelación y de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento Operativo, efectuará las citaciones correspondientes.

Parágrafo 1

El Comité Directivo de este Fondo podrá sesionar válidamente con la mitad más uno de sus miembros y sus decisiones se tomarán con el voto favorable de la mayoría de sus asistentes. En todo caso, las decisiones deberán ser tomadas con el voto favorable del Ministro de Agricultura o su delegado.

Parágrafo 2

Las reuniones de este Comité Directivo se harán constar en actas y las decisiones se suscribirán en Acuerdos, siendo ambos documentos elaborados por el Secretario Técnico. Los dos documentos serán firmados por el Presidente del Comité y el Secretario Técnico del Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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