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Artículo 2

Créanse En La Planta De Personal Del Ministerio De Justicia Los Siguientes Cargos: Establecimientos Carcelarios

Decreto 1119 de 1972 · Por el cual se modifica parcialmente la planta de personal del Ministerio de Justicia establecida por el Decreto 3176 de 1968

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Créanse en la planta de personal del Ministerio de Justicia los siguientes cargos: Establecimientos carcelarios. No. de cargos, clase y categoría Sueldo. 20 Capitanes de Prisiones II-19 $ 2.790.00 40 Tenientes de Prisiones II-17 2.310.00 80 Sargentos de Prisiones II-15 1.910.00 350 Cabos de Prisiones II-13 1.580.00 4.059 Guardianes IV-11 1.310.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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