°. MODIFICACIÓN. Modificar el
del artículo 2.4.1.2.6. del Decreto número 1066 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior, el cual quedará así: “
La protección de las personas mencionadas en los numerales 1 a 14 y 16, será asumida por la Unidad Nacional de Protección”.
Artículo 2.4.1.2.6 DECRETO 1066 de 2015