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Artículo 1

A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto, La Imprenta Nacional Será La Única Entidad Encargada De La Impresión De Todas Las Publicaciones Que Requieran Los Ministerios Y Departamentos Administrativos

Decreto 3314 de 1963 · Por el cual se reorganiza el servicio de impresión de publicaciones en el Gobierno Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir de la vigencia del presente Decreto, la Imprenta Nacional será la única entidad encargada de la impresión de todas las publicaciones que requieran los Ministerios y Departamentos Administrativos.

Parágrafo

Se exceptúan del presente Decreto el Ministerio de Guerra y el Instituto Caro y Cuervo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3314 de 1963