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Artículo 27

El Centro En Su Condición De Corporación De Derecho Público Asimilado A Establecimiento Público Descentralizado Podrá Celebrar Los Actos Y Contratos Necesarios A Su Operatividad, Con Sujeción A Las Disposiciones Legales Vigentes A Las Estatutarias

Decreto 2687 de 1979 · Por el cual se aprueban los estatutos del Centro Interamericano de Fotointerpretación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El centro en su condición de corporación de derecho público asimilado a establecimiento público descentralizado podrá celebrar los actos y contratos necesarios a su operatividad, con sujeción a las disposiciones legales vigentes a las estatutarias.

Parágrafo

En los contratos se pactarán las clausulas que sobre garantías, caducidad y demás, señala la ley para la Nación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2687 de 1979