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Artículo 1

Ley 85 de 1936 · Por la cual se provee a la construcción del Palacio de Comunicaciones en la ciudad de Bogotá y se dicta una disposición sobre transporte de correos nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorizase al Gobierno para contratar un empréstito, interno o externo, hasta por la suma de dos millones de pesos ($2.000.000) para proceder a la construcción del Palacio de Comunicaciones, en la ciudad de Bogotá, con arreglo a las prescripciones de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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