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Artículo 7

Decreto 3178 de 1968 · por el cual se reorganiza el Instituto Nacional de Fomento Municipal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo séptimo. El patrimonio del Instituto estará integrado por

a)

Los bienes muebles e inmuebles las rentas y los créditos que a su favor posea en la actualidad;

b)

Las partidas que se le asignen en los presupuestos Nacional, Departamentales, Intendenciales, Comisariales y Municipales;

c)

El producto o utilidad de las operaciones que realice;

d)

El valor de las multas que se recauden en virtud de las cláusulas penales de que tratan los contratos que celebre el Instituto;

e)

Los demás bienes e ingresos que por servicios y otros conceptos adquiera el Instituto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3178 de 1968