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Artículo 22

El Tribunal Superior Militar Tendrá Su Sede En Bogotá, D

Decreto 1562 de 1990 · por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2550 de 1988, Código Penal Militar.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Tribunal Superior Militar tendrá su sede en Bogotá, D. E., Comando General de las Fuerzas Militares y ejerce jurisdicción penal militar en todo el territorio nacional. Por graves motivos el Ministro de Defensa podrá disponer el traslado transitorio de la Corporación a otro lugar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1562 de 1990