La Secretaría de Educación realizará en forma sistemática acciones de orientación, asesoría, seguimiento y control a los institutos docentes públicos y privados de educación formal de su jurisdicción con miras a garantizar la calidad del servicio educativo. Cuando compruebe la existencia de irregularidades en el servicio, el funcionario competente procederá a aplicar las sanciones respectivas.
Cuando se compruebe que la licencia para iniciación de labores o la aprobación de estudios se otorgó sin el lleno de los requisitos exigidos o sin cumplir los procedimientos fijados, el Gobernador, Intendente, Comisario o Alcalde Mayor de Bogotá, o el funcionario a quien se le haya delegado la facultad, por iniciativa propia o a solicitud del Ministerio de Educación Nacional o de los alcaldes, procederá a la revocatoria del acto administrativo respectivo y ordenará la investigación para establecer responsabilidades.