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Artículo 1

El Instituto Nacional De Salud Estará Integrado Por Las Entidades Consideradas En El Artículo 2° De La Ley 22 De 1959

Decreto 1996 de 1964 · por la cual se reglamenta el artículo 36 del Decreto 3224 de 1963 (diciembre 19), reorgánico del Ministerio de Salud Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El Instituto Nacional de Salud estará integrado por las entidades consideradas en el artículo 2° de la Ley 22 de 1959.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1996 de 1964