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Artículo 1

Suprímense De La Planta De Personal Del Departamento Administrativo De Seguridad (Das) En Supresión, Los Siguientes Empleos Vacantes: Nº De Cargos Área Y Denominación Del Cargo Código Grado Planta Global Área Operativa 1 (Uno) Agente Escolta 205 05 1 (Uno) Criminalístico 211 07 2 (Dos) Guardián Superior 213 07 1 (Uno) Guardián 214 06 Área Administrativa 1 (Uno) Técnico Administrativo 315 07 1 (Uno) Técnico 305 06 1 (Uno) Técnico 305 05 3 (Tres) Secretario 309 06 2 (Dos) Secretario 309 05 3 (Tres) Secretario 309 04 2 (Dos) Conductor 317 06 1 (Uno) Conductor 317 05 1 (Uno) Mecánico 318 05 1 (Uno) Profesor De Primaria 328 00 1 (Uno) Auxiliar De Servicios 325 04 3 (Tres) Auxiliar De Servicios 325 03 2 (Dos) Auxiliar De Servicios 325 02

Decreto 1811 de 2013 · por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Suprímense de la planta de personal del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) en supresión, los siguientes empleos vacantes: Nº de Cargos Área y Denominación del Cargo Código Grado PLANTA GLOBAL ÁREA OPERATIVA 1 (Uno) Agente Escolta 205 05 1 (Uno) Criminalístico 211 07 2 (Dos) Guardián Superior 213 07 1 (Uno) Guardián 214 06 ÁREA ADMINISTRATIVA 1 (Uno) Técnico Administrativo 315 07 1 (Uno) Técnico 305 06 1 (Uno) Técnico 305 05 3 (Tres) Secretario 309 06 2 (Dos) Secretario 309 05 3 (Tres) Secretario 309 04 2 (Dos) Conductor 317 06 1 (Uno) Conductor 317 05 1 (Uno) Mecánico 318 05 1 (Uno) Profesor de Primaria 328 00 1 (Uno) Auxiliar de Servicios 325 04 3 (Tres) Auxiliar de Servicios 325 03 2 (Dos) Auxiliar de Servicios 325 02

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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