Reconocimiento del Gobierno nacional. La Distinción Nacional del Medio Ambiente la concederá el Gobierno nacional, mediante decreto ejecutivo, a iniciativa del Presidente de la República o por postulación del Ministro del Medio Ambiente teniendo en cuenta los méritos y calidades que acrediten los candidatos que se seleccionen como merecedores de la misma.
(Decreto 1125 de 1994, artículo 2°)