°. El espacio público comprende, entre otros, los siguientes aspectos
Los bienes de uso público, es decir aquellos inmuebles de dominio público cuyo uso pertenece a todos los habitantes del territorio nacional, destinados al uso o disfrute colectivo;
Los elementos arquitectónicos, espaciales y naturales de los inmuebles de propiedad privada que por su naturaleza, uso o afectación satisfacen necesidades de uso público;
Las áreas requeridas para la conformación del sistema de espacio público en los términos establecidos en este decreto.