°. Modificación del inciso segundo transitorio del
del artículo 1.6.6.2.3. del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Modifíquese el inciso segundo al
del artículo 1.6.6.2.3. del Capítulo 2 del Título 6 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto número 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, el cual quedará así: “Para la opción del mecanismo de obras por impuestos de que trata el presente Título y únicamente para la vigencia 2025, el Banco de Proyectos de Inversión de Obras por Impuestos tendrá dos cortes, cerrando el primer corte el 10 de marzo y el segundo el 1° de agosto de 2025.”
) Artículo 1.6.6.2.3. DECRETO 1625 de 2016