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Artículo 6

º

Decreto 151 de 1976 · Por la cual se modifica el estatuto orgánico del Instituto Colombiano de Comercio Exterior (Incomex) y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Funciones del Consejo. Son funciones del Consejo Directivo de Comercio Exterior

a)

Formular la política general del Instituto y los planes y programas que deba desarrollar;

b)

Aprobar el presupuesto anual del Instituto;

c)

Adoptar los estatutos del organismo y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno;

d)

Autorizar o aprobar. todo acto o contrato cuya cuantía exceda de un millón de pesos ($ 1.000.000.00);

e)

Determinar la organización del Instituto, su planta de personal y señalar las asignaciones correspondientes, conforme a las disposiciones legales sobre la materia;

f)

Controlar el funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la política adoptada;

g)

Integrar comités con representantes del sector privado encargados de asesorar al Director en la coordinación de las labores del Instituto con dicho sector;

h)

Determinar los requisitos que deban cumplirse para el trámite de las exportaciones e importaciones, especialmente en lo relacionado con el señalamiento de vistos buenos previos que para efectos de dichos trámites sea conveniente exigir;

i)

Las que le asignan a la Junta de Comercio Exterior, los Decretos 444 y 688 de 1967 y demás disposiciones vigentes sobre la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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