°.
Presentar al INDERENA un informe detallado de las actividades desarrolladas y de los resultados obtenidos;
Enviar copias de las publicaciones que se hagan con base en tales estudios e investigaciones;
Entregar al INDERENA duplicados o por lo menos un ejemplar de cada una de las especies, subespecies y objetos o muestras obtenidas. El Instituto podrá en casos especiales exonerar de esta obligación.