JurídicoESEN

Artículo 17

La Pensión Por Dos Años A Que Se Refiere La Parte Final Del Artículo 4° De La Ley 71 De 1945, Es Incompatible Con El Seguro De Muerte De Que Trata El Inciso A) Del Artículo 3° De La Misma Ley

Decreto 1639 de 1946 · Por el cual se reglamenta la Ley 71 de 1945

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La pensión por dos años a que se refiere la parte final del Artículo 4° de la Ley 71 de 1945, es incompatible con el seguro de muerte de que trata el inciso a) del Artículo 3° de la misma ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1639 de 1946