De la terminación de la vinculación. La relación laboral, legal y reglamentaria se dará por terminada en el caso de retiro compensado.
Cuando opere la supresión de un cargo podrá darse la terminación de la relación laboral, legal y reglamentaria, salvo en los casos en que el empleado sea trasladado o reubicado, en los cuales no habrá derecho a ningún pago de indemnización.