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Artículo 2

Se Adiciona El Artículo 2

Decreto 204 de 2022 · por el cual se modifican y adicionan unos artículos del Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura 1080 de 2015, sobre Patrimonio Cultural Sumergido.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Se adiciona el artículo 2.7.1.4 al Título I de la Parte VII del Decreto 1080 de 2015, el cual quedará así: Artículo 2.7.1.4. Definiciones . Para los efectos del Patrimonio Cultural Sumergido, se utilizarán las definiciones técnicas de aguas internas, fluviales y lacustres, mar territorial, zona contigua, zona económica exclusiva y plataforma continental e insular, y otras áreas delimitadas por líneas de base que se encuentran en la Ley 10 de 1978, en el Decreto Ley 2324 de 1984 y en particular en los artículos 2.2.2.1.1 y siguientes del Decreto 1067 de 2015, o las normas que los adicionen, modifiquen o deroguen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 204 de 2022