Profesores Militares de Cuarta Categoría . Para ser profesor militar de cuarta categoría se requiere haber dictado un mínimo de doscientas setenta (270) horas de clase en la materia o materias de la respectiva especialidad, como profesor de quinta categoría, en escuelas y centros de enseñanza de las Fuerzas Militares.
El oficial o suboficial que con anterioridad a la vigencia de este Decreto haya ejercido el profesorado y dictado un mínimo de doscientos setenta (270) horas de clase en la materia o materias de la especialidad en que aspira a escalafonarse, podrá solicitar su inscripción como profesor de cuarta categoría, adjuntando al efecto los documentos probatorios del caso.