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Artículo 331

Para Servicio Doméstico, Gastos De Culto, Inhumaciones, Sirvientes, Enfermeros, Lavado Y Demás Gastos En Los

Decreto 1083 de 1935 · Por el cual se hacen unos traslados en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Hácense en la Ley de Apropiaciones de la vigencia fiscal en curso, los siguientes traslados: DEPARTAMENTO NACIONAL DE HIGIENE CAPITULO 67 Lazaretos-Personal y material. Del artículo 331. Para servicio doméstico, gastos de culto, inhumaciones, sirvientes, enfermeros, lavado y demás gastos en los. Lazaretos, de Agua de Dios, Contratación y Caño de Loro $ 4,200 Al artículo 330. Para sueldos de los empleados de los Lazaretos de Agua de Dios, Contratación y Caño de Loro $ 4,200 Sumas iguales $ 4,200 4,200 Comuníquese y publíquese.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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