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Artículo 19

Ley 37 de 1990 · por medio de la cual se modifica la Ley 41 de 1969.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de las sanciones civiles y penales a que haya lugar, las personas que infrinjan las disposiciones de la presente Ley o a las normas especiales y reglamentarias de la materia, se harán acreedoras a las sanciones que establece este capítulo.

Parágrafo 1

El incumplimiento de las disposiciones de la presente ley por parte del Consejo Nacional Profesional de Economía y de los Consejos Seccionales, dará lugar a la aplicación de las multas previstas en el artículo 9° de la presente Ley.

Parágrafo 2

La violación del artículo 11 de la presente Ley, dará lugar a las multas y procedimientos previstos en el artículo 9° de la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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