Artículo único. Desde el día 1° de marzo del corriente año quedará incluido en la nómina de la Facultad de Medicina y Ciencias Naturales de la Universidad Nacional el puesto de sirviente de la Facultad de Farmacia, y desde ese mismo día gozará de una asignación, mensual de veintitrés pesos ($ 23).
Parágrafo
Queda en estos términos reformado en parte el Decreto número 421 del presente año. Comuníquese y publíquese.