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Artículo 3

Ley 135 de 1941 · Por el cual se incorporan unas vías en el plan de carreteras nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Obras Públicas, procederá inmediatamente después de promulgada esta Ley a hacer ejecutar los trazados, detalles y presupuestos de la obra.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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