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Artículo 162

Se Prohíbe El Empleo De Mangueras Flexibles En El Interior De Los Recintos De Manera Permanente; Su Utilización Se Limitará A Operaciones Excepcionales De Corta Duración

Decreto 2222 de 1993 · por el cual se expide el Reglamento de Higiene y Seguridad en las Labores Mineras a Cielo Abierto.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Se prohíbe el empleo de mangueras flexibles en el interior de los recintos de manera permanente; su utilización se limitará a operaciones excepcionales de corta duración. Las motobombas de trasiego deberán estar situadas en el exterior de los recintos, a excepción de aquellas cuyos motores sean a prueba de explosión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2222 de 1993