El Ministerio de Minas y Energía podrá imponer a los transportadores cuyos vehículos transporten combustible de origen fraudulento, las siguientes sanciones, sin perjuicio de las contempladas en los Códigos Penal y de Policía
Multas de 10 a 50 salarios mínimos;
Retención temporal del vehículo hasta por 30 días;
Suspensión de su licencia como transportador hasta por tres (3) meses.