° Se entiende por licencia de funcionamiento la autorización otorgada por la autoridad metropolitana, municipal o del Distrito Especial de Bogotá, a una empresa, para prestar el servicio público de transporte municipal con el tipo de vehículo automóvil o taxi.
En la licencia de funcionamiento se deberán incluir, el nombre y/o razón social de la empresa, el radio de acción, el tipo de vehículo, la modalidad y la fecha de vencimiento.