Definición de software. Para efectos de lo dispuesto en el numeral 8° del artículo 207-2 del Estatuto Tributario, se entiende por software la definición contenida en los artículos 2.6.1.3.1 al 2.6.1.3.7 del Decreto 1066 de 2015 y demás normas que lo modifiquen o adicionen.
(Artículo 16, Decreto 2755 de 2003)