Créase el Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola como una cuenta especial de manejo constituida con los recursos provenientes del recaudo de la Cuota de Fomento Hortifrutícola.
Dichos recursos no constituyen rentas de la Nación, la cuenta se llevará bajo el nombre de "Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola" con destino exclusivo a los objetivos previstos en la presente ley.