°. Modifíquese el
del artículo 1.2.5.18 de la Resolución 400 de 1995 de la Sala General de la Superintendencia de Valores, modificado por el artículo 1° del Decreto 1941 de 2006, el cual quedará así: “
Una vez publicado el primer aviso de la oferta competidora, las aceptaciones a la oferta precedente se entenderán realizadas automáticamente respecto de la oferta competidora”.