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Artículo 12

El Grabador Transportador Es Un Empleado Subordinado Directamente Al Director Litógrafo

Decreto 877 de 1915 · Por el cual se reorganiza la Litografía Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Grabador Transportador es un empleado subordinado directamente al Director Litógrafo. Tendrá a su cargo la ejecución de los trabajos de grabado y transporte que le encomiende su inmediato superior, la conservación de estos con la debida seguridad; cumplirá las órdenes que se den y las que emanen de este Decreto y de los reglamentos internos del establecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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