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Artículo 3

Los Giros Con Cargo Al Crédito Abierto En El Artículo Anterior, Se Efectuarán En La Forma Prevista En El Artículo 4° Del Decreto Número 1747 De 1941

Decreto 1976 de 1943 · Por el cual se hace un contracrédito al Presupuesto extraordinario de 1942 y se abre un crédito al Presupuesto extraordinario de la presente vigencia fiscal (Ministerio de la Economía Nacional)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los giros con cargo al crédito abierto en el artículo anterior, se efectuarán en la forma prevista en el artículo 4° del Decreto número 1747 de 1941.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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