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Artículo 5

Plan De Formalización Y Transición

Decreto 661 de 2026

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades del sector público, especialmente las Empresas Sociales del Estado (ESE), que a la fecha de expedición de este decreto cuenten con contratos sindicales vigentes para la prestación de actividades misionales permanentes, mantendrán la vigencia de dichos contratos hasta la fecha de su terminación, sin que sea posible su prórroga. Durante este periodo, en coordinación con el Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública, deberán estructurar planes de formalización laboral y estudios técnicos para la ampliación de sus plantas de personal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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