Los Jueces superiores de aduanas conocen:
En primera instancia, de los procesos por los delitos de contrabando que se cometan en el territorio de su jurisdicción, cuando el precio de la mercancía sea o exceda de cincuenta mil pesos ($ 50.000.00). 2. En segunda instancia, de los procesos de que conocen en primera instancia los Jueces de Distrito Penal Aduanero.