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Artículo 2

Durante El Período De La Nueva Prórroga La Asamblea Nacional Se Ocupará Únicamente En Los Asuntos Que El Gobierno Tenga Á Bien Someterle

Decreto 712 de 1910 · Por el cual se prorrogan hasta por treinta días más las sesiones de la Asamblea Nacional

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Durante el período de la nueva prórroga la Asamblea Nacional se ocupará únicamente en los asuntos que el Gobierno tenga á bien someterle. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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