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Artículo 2

Ley 177 de 1938 · por la cual se provee a la terminación de dos edificios y se decretan unos auxilios

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida votada en el artículo anterior se incluirá en los Presupuestos de las próximas vigencias, y en caso de que no se incluyere, el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados o abrir los créditos correspondientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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