º . Pago de obligaciones de entidades de previsión social . El pago de las obligaciones a cargo de las entidades de previsión social se podrá realizar por medio de los siguientes mecanismos
a)
Mediante el pago personal al beneficiario o a su apoderado;
b)
Mediante consignación en cuentas corrientes o de ahorros;
c)
Mediante envío por correo certificado del importe de las prestaciones.