° Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos para períodos de dos años, pudendo ser removidos en cualquier tiempo por la asamblea general. Artículo 19° Para ser miembro de la Junta Directiva de la Asociación Municipal se requiere
Ser colombiano;
Ser mayor de edad y saber leer y escribir;
Residir habitualmente en el Municipio sede de la asociación, y
Ser miembro de una Junta de Acción Comunal asociada.